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Abogado para Desahucios Exprés en Córdoba

Cómo funciona el Desahucio Exprés en España

 

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Córdoba. Con amplia experiencia en este problema, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier clase de desahucios:

  • Desahucio exprés de vivienda o local.
  • Desahucios por impago.
  • Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
  • Desahucios por incumplimiento de obligaciones.

Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Córdoba, SIN COMPROMISO.

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
2. ¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar un desahucio?
3. ¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?


1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?

Los Desahucios están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos​ y la Ley de Enjuiciamiento Civil y tienen como finalidad que el dueño o arrendador de una finca pueda recobrar su inmueble. El titular puede recobrar el local o inmueble alegando una falta de pago, o en el momento en que el período de duración del contrato de arrendamiento haya terminado, o cuando se ha incumplido cualquier otra causa que sea de obligado cumplimiento.

 

Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de manera muy resumida, los procesos de desahucios tienen las próximas etapas:

  • Demanda: tienen la posibilidad de pedir dos tipos de acciones:
    1. Sólo recobrar la vivienda o local arrendado sin reclamar los importes adeudados.
    2. Recobrar el inmueble arrendado y las proporciones debidas por renta o por impago acumulado de otros costes como abastecimientos, comunidad, IBI.
  • Vista en el juzgado: una vez presentada y admitida la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no en todos los casos se genera. Se pueden dar dos circunstancias:
    1. El inquilino no formula oposición: el Juzgado dictamina la terminación del trámite sin precisar que se tenga que celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
    2. El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son las razones por las que se niega al desahucio. La más frecuente es la compensación de créditos.
  • Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados recomiendan solicitar que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento para que quede descrito el situación de la vivienda, por si posteriormente hubiera que reclamar daños en el inmueble.
  • Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el pertinente juicio en la fecha señalada y va a haber que esperar el dictado de la pertinente sentencia.

2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?

Cuando no se puede arreglar el problema con el inquilino de una manera amistosa, lo recomendable es que contactes con un buen abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios y también interponer una demanda. Para pedir el desahucio exprés por impago tienes que tomar en consideración lo siguiente:

  • Es obligación tener letrado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, independientemente de la cantidad que se reclame.
  • La finca (vivienda o local comercial) debe estar a nombre del demandante.
  • Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad por mes a sentir por el dueño.
  • El inquilino debe haber faltado a su deber de abonar una mensualidad, ya sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , abastecimientos, etcétera. Al dejar de abonar una sola de las mensualidades estamos ya con un claro incumplimiento contractual por la parte del arrendatario y no es requisito acumular determinado número de meses sin pagar para accionar.

3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?

Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:

  • El tiempo de espera desde el momento en que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (a través de burofax) hasta la presentación de la demanda baja de un par de meses a uno.
  • El casero puede incluir en su demanda de desahucio por impago o fin de contrato su compromiso a perdonar toda o una parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El plazo mínimo que se puede dar para que abandone la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
  • Se facilita la notificación de la demanda. Si no se puede dar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o importes debidos, se procederá, sin más trámites, a comunicar la citación en el juzgado.
  • La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin la necesidad de unirla a la solicitud de desahucio.
  • La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
  • Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
  • Antes el propietario solamente podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.

 


Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Córdoba, SIN COMPROMISO.

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