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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.

 

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?


1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica en el momento en que se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si se ha producido o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía origina mucha polémica porque los grandes cambios que se han producido en el sector inmobiliario, muchos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo han hecho a un precio inferior al que adquirieron.

En el momento en que se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En la situacion de una donación o en la situacion de una herencia, es la persona que recibe el bien quien va a deber liquidar el impuesto frente al Ayuntamiento del municipio en el que esté el inmueble.

2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya liquidado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida patrimonial y en las transacciones completadas en los últimos cuatro años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en contra de la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas con lo que podemos decir que ingresar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.

También se puede reclamar en transmisiones con ganancias, en tanto que actualmente no existe regla que regule estas situaciones. Tenemos la posibilidad de reclamar la devolución de todo lo pagado o bien la devolución de una parte acreditando que existe un error en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Muchas personas todavía no lo ha pedido y está a tiempo, conque no tengas dudas en reclamar la plusvalía municipal porque posiblemente recobres ese dinero pagado inapropiadamente.

4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación y después la administración puede aceptar devolver el pago del impuesto o puede oponerse.
Hasta el momento en que no recibamos respuesta y se termine esta vía administrativa no vamos a poder demandar.
Probablemente la administración nos dará una respuesta negativa y desde entonces vamos a tener un período de dos meses para interponer la demanda. Acabado este plazo , por el momento no vamos a poder demandar.

Los plazos en el campo del Derecho Administrativo son muy rigurosos , y además de esto en un caso así no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración Pública, por lo que es primordial que estemos aconsejados por un letrado especialista en Derecho Tributario acostumbrado a interponer este género de reclamaciones de impuestos. Cualquier fallo en plazo y forma puede dañar sustancialmente nuestros derechos.

5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

El dinero que puedes recuperar depende de la situación en la que te halles :

  • Si se ha trasmitido sin incremento de valor: podrías recobrar hasta el 100% de lo ingresado.
  • Si se ha trasmitido con incremento de valor: en el momento en que la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor durante el período de pertenencia, podrías recuperar hasta un 37,5% del impuesto. Esto va a depender del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del ayuntamiento en el que esté.

Cada día más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento pide el impuesto de plusvalía en una operación que produjo pérdidas.

 

 


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