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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.

 

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?


1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica en el momento en que se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica independientemente de si existe o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía genera mucha polémica porque los grandes cambios que ha experimentado en el sector inmobiliario, muchos de los propietarios que han vendido un inmueble lo han hecho a un precio inferior al que compraron.

Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En la situacion de una donación o en la situacion de una herencia, es la persona que recibe el bien quien deberá liquidar el impuesto frente al Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el inmueble.

2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya liquidado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida familiar y en las transacciones efectuadas en los últimos 4 años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en oposición a la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas con lo que tenemos la posibilidad de decir que ingresar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.

Igualmente se puede reclamar en transmisiones con ganancias, en tanto que actualmente no existe regla que regule estas circunstancias. Podemos reclamar la devolución de todo lo pagado o la devolución de una parte argumentando que existe un fallo en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Muchas personas todavía no lo ha solicitado y está a tiempo, así que no dudes en reclamar la plusvalía municipal ya que posiblemente recuperes ese dinero pagado inadecuadamente.

4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación y después la administración puede admitir la devolución del el pago del impuesto o puede oponerse.
Hasta que no recibamos respuesta y finalize esta vía administrativa no vamos a poder demandar.
seguramente la administración nos dará una respuesta negativa y desde entonces tendremos un plazo de un par de meses para interponer la demanda. Terminado este plazo , ya no vamos a poder demandar.

Los plazos en el ámbito del Derecho Administrativo son muy rigurosos , y además de esto en un caso así no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración Pública, por lo que es muy importante que estemos asesorados por un abogado especialista en Derecho Tributario acostumbrado a interponer esta clase de reclamaciones de impuestos. Cualquier fallo en período y forma puede perjudicar seriamente nuestros derechos.

5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

El dinero que puedes recuperar es dependiente de la situación en la que te encuentres :

  • Si se ha transmitido sin aumento de valor: podrías recuperar hasta el 100% de lo pagado.
  • Si se ha trasmitido con aumento de valor: en el momento en que la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor durante el periodo de pertenencia, podrías recobrar hasta un 37,5% del impuesto. Esto va a depender del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del ayuntamiento en el que se encuentre.

Cada día más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento exige el impuesto de plusvalía en una operación que provocó pérdidas.

 

 


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