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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.

 

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?


1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica en el momento en que se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si se ha generado o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía origina mucha polémica debido a los grandes cambios que se han producido en el terreno inmobiliario, muchos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo han hecho a un precio inferior al que compraron.

En el momento en que se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En el caso de una donación o en la situacion de una herencia, es la persona que recibe el bien quien va a deber liquidar el impuesto frente al Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el inmueble.

2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya ingresado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida familiar y en las transacciones realizadas en los últimos cuatro años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en oposición a la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas por lo que tenemos la posibilidad de decir que pagar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.

Del mismo modo se puede reclamar en transmisiones con ganancias, puesto que hoy en día no existe regla que regule estos casos. Tenemos la posibilidad de reclamar la devolución de todo lo pagado o la devolución de una parte afirmando que existe un fallo en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Mucha gente todavía no lo ha reclamado y está a tiempo, conque no dudes en reclamar la plusvalía municipal ya que posiblemente recuperes ese dinero pagado inapropiadamente.

4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación y después la administración puede aceptar la devolución del el pago del impuesto o puede negarse.
Hasta que no recibamos contestación y se termine esta vía administrativa no podremos demandar.
Probablemente la administración nos va a dar una respuesta negativa y desde entonces vamos a tener un período de un par de meses para interponer la demanda. Pasado este plazo , por el momento no vamos a poder demandar.

Los plazos en el campo del Derecho Administrativo son muy estrictos , y además de esto en un caso así no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración Pública, por lo que es muy importante que estemos aconsejados por un letrado experto en Derecho Tributario habituado a interponer este género de reclamaciones de impuestos. Cualquier error en plazo y forma puede perjudicar sustancialmente nuestros derechos.

5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

El dinero que puedes conseguir que te devuelvan depende de la situación en la que te encuentres :

  • Si se ha trasmitido sin incremento de valor: podrías recuperar hasta el cien por cien de lo liquidado.
  • Si se ha transmitido con aumento de valor: en el momento en que la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor a lo largo del período de pertenencia, podrías recobrar hasta un 37,5% del impuesto. Esto va a depender del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del ayuntamiento en el que esté.

Cada vez más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento pide el impuesto de plusvalía en una operación que generó pérdidas.

 

 


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