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Abogado Desahucios Bilbao
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Abogado para Desahucios Exprés en Bilbao
Cómo funciona el Desahucio Exprés en España
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Bilbao. Con amplia experiencia en este área, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier clase de desahucios:
- Desahucio exprés de vivienda o local.
- Desahucios por impago.
- Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
- Desahucios por incumplimiento de obligaciones.
Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Bilbao, SIN COMPROMISO.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España? |
1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
Los Desahucios están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil y su objetivo es que el dueño o arrendador de una finca logre recobrar su posesión. El propietario puede recuperar el local o vivienda aduciendo una falta de pago, o cuando el plazo de duración del contrato de arrendamiento haya finalizado, o en el momento en que se ha incumplido cualquier otra causa que sea de obligado cumplimiento.
Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de manera muy resumida, los procesos de desahucios tienen las siguientes etapas:
- Demanda: se pueden pedir 2 tipos de acciones:
-
- Sólo recobrar la vivienda o local arrendado sin reclamar las cuantías adeudadas.
- Recuperar el inmueble arrendado y las cantidades debidas por renta o por impago acumulado de otros pagos como abastecimientos, comunidad, IBI.
- Vista en el juzgado: una vez presentada y admitida la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no siempre se genera. Se pueden dar 2 situaciones:
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- El inquilino no formula oposición: el Juzgado decreta la terminación del procedimiento sin necesidad de que se tenga que celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
- El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son las razones por las que se opone al desahucio. La más habitual es la compensación de créditos.
- Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados aconsejan pedir que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento a fin de que quede detallado el situación de la vivienda, por si más tarde hubiese que reclamar daños en la vivienda.
- Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el correspondiente juicio en la fecha señalada y va a haber que esperar el dictado de la correspondiente sentencia.
2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?
En el momento en que es imposible solucionar el inconveniente con el inquilino de una manera amistosa, lo ideal es que te pongas en contacto con un buen abogado expertos en Derecho Inmobiliario y Desahucios y también interponer una demanda. Para pedir el desahucio exprés por impago tienes que tener en cuenta lo siguiente:
- Es obligación tener letrado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, independientemente de la cantidad que se reclame.
- La finca (vivienda o local comercial) debe estar a nombre del demandante.
- Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad por mes a sentir por el dueño.
- El inquilino debe existir faltado a su deber de abonar una mensualidad, ya sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , abastecimientos, etcétera. Al dejar de pagar una sola de las mensualidades estamos ahora con un claro incumplimiento contractual por la parte del arrendatario y no es requisito reunir determinado número de mensualidades sin pagar para accionar.
3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?
Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:
- El tiempo de espera desde el momento en que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (mediante burofax) hasta la presentación de la demanda baja de 2 meses frente uno.
- El propietario puede integrar en su demanda de desahucio por falta de pago o finalización de contrato su deber a perdonar toda o una parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El período mínimo que se puede dar para que deje la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
- Se facilita la notificación de la demanda. Si no es posible entregar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o importes debidos, se procederá, sin más trámites, a comunicar la citación en el juzgado.
- La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin tener que unirla a la solicitud de desahucio.
- La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
- Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
- Antes el casero solamente podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.
Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Bilbao, SIN COMPROMISO.
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