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Abogado Desahucios Jerez de la Frontera
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Abogado para Desahucios Exprés en Jerez de la Frontera
Cómo funciona el Desahucio Exprés en España
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Jerez de la Frontera. Con amplia experiencia en este terreno, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier clase de desahucios:
- Desahucio exprés de vivienda o local.
- Desahucios por impago.
- Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
- Desahucios por incumplimiento de obligaciones.
Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Jerez de la Frontera, SIN COMPROMISO.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España? |
1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
Los Desahucios están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil y su propósito es que el dueño o arrendador de una finca pueda recuperar su posesión. El titular puede recuperar el local o inmueble argumentando una falta de pago, o en el momento en que el plazo de duración del contrato de arrendamiento haya finalizado, o en el momento en que se ha infringido cualquier otra causa que sea de obligado cumplimiento.
Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de forma muy resumida, los procesos de desahucios tienen las siguientes fases:
- Demanda: se pueden pedir 2 acciones:
-
- Solo recobrar la vivienda o local arrendado sin reclamar los importes adeudados.
- Recobrar el inmueble arrendado y las proporciones adeudadas por renta o por impago acumulado de otros gastos como suministros, comunidad, IBI.
- Vista en el juzgado: una vez presentada y aceptada la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no en todos los casos se produce. Pueden darse 2 casos:
-
- El inquilino no formula oposición: el Juzgado dictamina la terminación del trámite sin necesidad de que se deba celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
- El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son las razones por las cuales se opone al desahucio. La más habitual es la compensación de créditos.
- Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados recomiendan solicitar que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento para que quede constancia de el estado de la propiedad, por si acaso posteriormente hubiese que reclamar daños en la vivienda.
- Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el correspondiente juicio en la fecha señalada y va a haber que aguardar el dictado de la correspondiente sentencia.
2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?
En el momento en que no se puede resolver el problema con el inquilino de una manera amistosa, lo más ideal es que contactes con un abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios e interponer una demanda. Para solicitar el desahucio exprés por impago tienes que tomar en consideración lo siguiente:
- Es obligatorio tener abogado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, independientemente de la cantidad que se reclame.
- La finca (vivienda o local comercial) ha de estar a nombre del demandante.
- Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad por mes a sentir por el propietario.
- El inquilino debe haber faltado a su deber de abonar una mensualidad, así sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , abastecimientos, etc. Al dejar de pagar solo una de las mensualidades estamos ya con un claro incumplimiento contractual por la parte del arrendatario y no es requisito reunir determinado número de recibos sin abonar para accionar.
3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?
Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:
- El tiempo de espera desde que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (a través de burofax) hasta la presentación de la demanda baja de dos meses frente uno.
- El propietario puede integrar en su demanda de desahucio por falta de pago o expiración de contrato su compromiso a perdonar toda o parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El período mínimo que se puede ofrecer a fin de que abandone la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
- Se posibilita la notificación de la demanda. Si no se puede entregar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o cantidades debidas, se procederá, sin más trámites, a comunicar la citación en el juzgado.
- La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin tener que unirla a la petición de desahucio.
- La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
- Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
- Antes el propietario solo podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.
Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Jerez de la Frontera, SIN COMPROMISO.
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