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Reclamar la Plusvalía Municipal San Cristóbal de La Laguna
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Abogados especializados en Reclamar Plusvalías en San Cristóbal de La Laguna
¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.
1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica en el momento en que se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si se ha generado o no un beneficio.
El impuesto de plusvalía produce mucha polémica porque los grandes cambios que ha habido en el sector inmobiliario, algunos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo hicieron a un precio inferior al que compraron.
Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.
En la situacion de una donación o en la situacion de una herencia, es la persona que recibe el bien quien va a deber liquidar el impuesto ante el Ayuntamiento del municipio en el que esté el inmueble.
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya ingresado el impuesto de plusvalía en el caso de haberse producido pérdida familiar y en las transacciones realizadas en los últimos cuatro años.
Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en oposición a la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas con lo que tenemos la posibilidad de decir que liquidar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.
Asimismo se puede reclamar en transmisiones con ganancias, en tanto que en la actualidad no existe norma que regule estos casos. Tenemos la posibilidad de reclamar la devolución de todo lo pagado o bien la devolución de una parte alegando que existe un fallo en el cálculo de la base imponible del impuesto.
Muchas personas todavía no lo ha pedido y está a tiempo, conque no tengas dudas en reclamar la plusvalía municipal ya que es posible que recobres ese dinero ingresado inapropiadamente.
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación y después la administración puede admitir la devolución del el pago del impuesto o puede oponerse.
Hasta que no recibamos contestación y se termine esta vía administrativa no vamos a poder demandar.
Probablemente la administración nos va a dar una respuesta negativa y desde entonces vamos a tener un período de dos meses para interponer la demanda. Acabado este plazo , ya no vamos a poder demandar.
Los plazos en el campo del Derecho Administrativo son muy estrictos , y además de esto en este caso no nos olvidemos que iremos a “pelearnos” con la Administración Pública, con lo que es esencial que estemos aconsejados por un letrado especialista en Derecho Tributario acostumbrado a interponer este tipo de reclamaciones de impuestos. Cualquier error en período y forma puede perjudicar gravemente nuestros derechos.
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?
El dinero que puedes conseguir que te devuelvan es dependiente de la situación en la que te halles :
- Si se ha trasmitido sin aumento de valor: podrías recuperar hasta el cien por cien de lo pagado.
- Si se ha transmitido con incremento de valor: en el momento en que la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor durante el periodo de pertenencia, podrías recuperar hasta un 37,5% del impuesto. Esto va a depender del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del municipio en el que se encuentre.
Cada día más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento exige el impuesto de plusvalía en una operación que ocasionó pérdidas.
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