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Reclamar la Plusvalía Municipal Sevilla
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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.
1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si existe o no un beneficio.
El impuesto de plusvalía genera mucha polémica porque los grandes cambios que ha habido en el sector inmobiliario, muchos de los propietarios que han vendido un inmueble lo hicieron a un precio inferior al que adquirieron.
En el momento en que se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.
En el caso de una donación o en la situación de una herencia, es la persona que recibe el bien quien va a deber liquidar el impuesto frente al Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el inmueble.
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya ingresado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida familiar y en las transacciones completadas en los últimos cuatro años.
Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en contra de la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas con lo que tenemos la posibilidad de decir que ingresar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.
También se puede reclamar en transmisiones con ganancias, ya que en la actualidad no existe norma que regule estas circunstancias. Tenemos la posibilidad de reclamar la devolución de todo lo pagado o bien la devolución de una parte explicando que hay un fallo en el cálculo de la base imponible del impuesto.
Muchas personas todavía no lo ha solicitado y está a tiempo, así que no tengas dudas en reclamar la plusvalía municipal porque es posible que recobres ese dinero pagado inadecuadamente.
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
Los pasos serían en primer lugar interponer escrito de reclamación y después la administración puede aceptar devolver el pago del impuesto o puede oponerse.
Hasta el momento en que no recibamos respuesta y se termine esta vía administrativa no vamos a poder demandar.
Probablemente la administración nos va a dar una respuesta negativa y desde entonces vamos a tener un período de dos meses para interponer la demanda. Terminado este plazo , ya no podremos demandar.
Los plazos en el ámbito del Derecho Administrativo son muy estrictos , y además de esto en este caso no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración Pública, por lo que es esencial que estemos aconsejados por un letrado especialista en Derecho Tributario acostumbrado a interponer este tipo de reclamaciones de impuestos. Cualquier error en período y forma puede dañar seriamente nuestros derechos.
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?
El dinero que puedes recobrar es dependiente de la situación en la que te halles :
- Si se ha transmitido sin incremento de valor: podrías recuperar hasta el cien por cien de lo liquidado.
- Si se ha trasmitido con incremento de valor: en el momento en que la propiedad que has vendido, heredado o donado ha aumentado su valor durante el período de pertenencia, podrías recobrar hasta un 37,5% del impuesto. Esto dependerá del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del ayuntamiento en el que esté.
Cada vez más sentencias anulan liquidaciones en las que un municipio solicita el impuesto de plusvalía en una operación que originó pérdidas.
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