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Abogado para Desahucios Exprés en Barcelona
Cómo funciona el Desahucio Exprés en España
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Barcelona. Con amplia experiencia en este terreno, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier tipo de desahucios:
- Desahucio exprés de vivienda o local.
- Desahucios por impago.
- Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
- Desahucios por incumplimiento de obligaciones.
Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Barcelona, SIN COMPROMISO.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España? |
1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
Los Desahucios están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil y su propósito es que el dueño o arrendador de una finca consiga recuperar su inmueble. El propietario puede recuperar el local o vivienda aduciendo el impago del inquilino, o cuando el plazo de duración del contrato de arrendamiento haya finalizado, o en el momento en que se ha infringido cualquier otra causa que sea de obligado cumplimiento.
Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de manera muy resumida, los procesos de desahucios tienen las próximas etapas:
- Demanda: tienen la posibilidad de pedir 2 acciones:
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- Sólo recuperar la vivienda o local arrendado sin reclamar las cuantías adeudadas.
- Recuperar el inmueble arrendado y los importes debidos por renta o por impago acumulado de otros costes como abastecimientos, comunidad, IBI.
- Vista en el juzgado: una vez presentada y aceptada la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no siempre se produce. Se pueden dar 2 situaciones:
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- El inquilino no elabora oposición: el Juzgado dictamina la terminación del procedimiento sin necesidad de que se deba celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
- El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son los motivos por los que se niega al desahucio. La más habitual es la compensación de créditos.
- Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados recomiendan pedir que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento para que quede por escrito el estado de la propiedad, por si posteriormente hubiese que reclamar daños en la vivienda.
- Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el correspondiente juicio en la fecha señalada y habrá que esperar el dictado de la correspondiente sentencia.
2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?
En el momento en que no se puede solucionar el problema con el inquilino de una forma amistosa, lo ideal es que contactes con un buen abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios e interponer una demanda. Para solicitar el desahucio exprés por impago debes tener en consideración lo siguiente:
- Es obligación tener letrado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, independientemente de la cantidad que se reclame.
- La finca (vivienda o local comercial) ha de estar a nombre del demandante.
- Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad por mes a percibir por el dueño.
- El inquilino debe existir faltado a su deber de abonar una mensualidad, ya sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , suministros, etcétera. Al dejar de abonar solo una de las mensualidades nos encontramos ahora con un claro incumplimiento contractual por parte del arrendatario y no es necesario acumular determinado número de mensualidades sin abonar para accionar.
3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?
Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:
- El tiempo de espera desde el momento en que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (a través de burofax) hasta la presentación de la demanda baja de un par de meses frente uno.
- El propietario puede integrar en su demanda de desahucio por impago o finalización de contrato su compromiso a perdonar toda o parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El período mínimo que se puede dar para que deje la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
- Se facilita la notificación de la demanda. Si no es posible entregar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o importes debidos, se procederá, sin más trámites, a anunciar la citación en el juzgado.
- La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin la necesidad de unirla a la petición de desahucio.
- La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
- Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
- Antes el casero solamente podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.
Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Barcelona, SIN COMPROMISO.
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