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Abogado para Desahucios Exprés en Dos Hermanas

Cómo funciona el Desahucio Exprés en España

 

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Dos Hermanas. Con amplia experiencia en este terreno, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier clase de desahucios:

  • Desahucio exprés de vivienda o local.
  • Desahucios por impago.
  • Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
  • Desahucios por incumplimiento de obligaciones.

Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Dos Hermanas, SIN COMPROMISO.

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
2. ¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar un desahucio?
3. ¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?


1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?

Los Desahucios están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos​ y la Ley de Enjuiciamiento Civil y su objetivo es que el dueño o arrendador de una finca logre recuperar su vivienda. El arrendador puede recuperar el local o propiedad alegando una falta de pago, o en el momento en que el período de duración del contrato de arrendamiento haya terminado, o cuando se ha infringido cualquier otra causa que sea de obligado cumplimiento.

 

Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de forma muy resumida, los procesos de desahucios tienen las siguientes etapas:

  • Demanda: tienen la posibilidad de pedir dos tipos de acciones:
    1. Solo recuperar la vivienda o local arrendado sin reclamar las proporciones adeudadas.
    2. Recobrar el inmueble arrendado y los importes debidos por renta o por impago acumulado de otros gastos como abastecimientos, comunidad, IBI.
  • Vista en el juzgado: una vez presentada y admitida la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no siempre se produce. Se pueden dar dos casos:
    1. El inquilino no formula oposición: el Juzgado dictamina la terminación del procedimiento sin necesidad de que se tenga que celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
    2. El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en un caso así debe alegar cuales son las razones por las cuales se opone al desahucio. La más habitual es la compensación de créditos.
  • Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados aconsejan pedir que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento a fin de que quede constancia de el estado del inmueble, por si acaso posteriormente hubiera que reclamar daños en el inmueble.
  • Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el correspondiente juicio en la fecha señalada y habrá que aguardar el dictado de la pertinente sentencia.

2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?

En el momento en que es imposible solventar el conflicto con el inquilino de una manera amistosa, lo más aconsejable es que te pongas en contacto con un buen abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios y también interponer una demanda. Para pedir el desahucio exprés por impago tienes que tener en cuenta lo siguiente:

  • Es obligación tener letrado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, con independencia de la cantidad que se reclame.
  • La finca (vivienda o local comercial) debe estar a nombre del demandante.
  • Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad mensual a sentir por el propietario.
  • El inquilino debe existir faltado a su deber de abonar una mensualidad, ya sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , suministros, etcétera. Al dejar de abonar una sola de las mensualidades estamos ya con un claro incumplimiento contractual por la parte del arrendatario y no es necesario acumular determinado número de meses sin abonar para accionar.

3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?

Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:

  • El tiempo de espera desde que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (mediante burofax) hasta la presentación de la demanda baja de un par de meses a uno.
  • El casero puede incluir en su demanda de desahucio por impago o fin de contrato su compromiso a perdonar toda o una parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El período mínimo que se puede dar para que deje la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
  • Se posibilita la notificación de la demanda. Si no se puede entregar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o importes debidos, se procederá, sin más trámites, a anunciar la citación en el juzgado.
  • La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin la necesidad de unirla a la petición de desahucio.
  • La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
  • Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
  • Antes el propietario solo podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.

 


Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Dos Hermanas, SIN COMPROMISO.

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