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Abogado Desahucios L'Hospitalet de Llobregat
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Abogado para Desahucios Exprés en L'Hospitalet de Llobregat
Cómo funciona el Desahucio Exprés en España
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios L’Hospitalet de Llobregat. Con amplia experiencia en este sector, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier tipo de desahucios:
- Desahucio exprés de vivienda o local.
- Desahucios por impago.
- Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
- Desahucios por incumplimiento de obligaciones.
Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en L’Hospitalet de Llobregat, SIN COMPROMISO.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España? |
1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
En noviembre del 2009 entró en vigor en España el Desahucio Exprés, una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil. La nueva ley se crea con la finalidad de reforzar el alquiler creando sistemas más rápidos y efectivos en caso de morosidad o impago del alquiler del inmueble.
Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de forma muy resumida, los procesos de desahucios tienen las próximas etapas:
- Demanda: tienen la posibilidad de solicitar 2 tipos de acciones:
-
- Sólo recobrar la vivienda o local arrendado sin reclamar las cantidades adeudadas.
- Recobrar el inmueble arrendado y las cuantías debidas por renta o por impago acumulado de otros pagos como abastecimientos, comunidad, IBI.
- Vista en el juzgado: una vez presentada y admitida la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no en todos los casos se genera. Se pueden dar dos circunstancias:
-
- El inquilino no elabora oposición: el Juzgado decreta la terminación del procedimiento sin necesidad de que se deba celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
- El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son los motivos por los que se niega al desahucio. La más frecuente es la compensación de créditos.
- Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados aconsejan pedir que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento a fin de que quede detallado el situación de la propiedad, por si posteriormente hubiera que reclamar daños en el inmueble.
- Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el correspondiente juicio en la fecha señalada y habrá que esperar el dictado de la correspondiente sentencia.
2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?
Cuando no se puede solventar el inconveniente con el inquilino de una forma amistosa, lo más aconsejable es que te pongas en contacto con un buen abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios y también interponer una demanda. Para solicitar el desahucio exprés por impago tienes que tener en cuenta lo siguiente:
- Es obligatorio tener abogado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, independientemente de la cantidad que se reclame.
- La finca (vivienda o local comercial) debe estar a nombre del demandante.
- Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad mensual a percibir por el dueño.
- El inquilino debe haber faltado a su deber de abonar una mensualidad, ya sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , suministros, etc. Al dejar de pagar solo una de las mensualidades nos encontramos ya con un claro incumplimiento contractual por parte del arrendatario y no es requisito acumular determinado número de recibos sin pagar para actuar.
3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?
Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:
- El tiempo de espera desde el instante en que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (mediante burofax) hasta la presentación de la demanda baja de 2 meses a uno.
- El propietario puede incluir en su demanda de desahucio por falta de pago o fin de contrato su compromiso a perdonar toda o una parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El plazo mínimo que se puede ofrecer a fin de que abandone la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
- Se posibilita la notificación de la demanda. Si no es posible entregar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o importes debidos, se procederá, sin más trámites, a comunicar la citación en el juzgado.
- La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin la necesidad de unirla a la petición de desahucio.
- La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
- Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
- Antes el propietario solo podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.
Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en L’Hospitalet de Llobregat, SIN COMPROMISO.
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