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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Contamos con más de 50 Abogados asociados en toda España.

 

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?


1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si se ha generado o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía genera mucha polémica porque los grandes cambios que ha habido en el sector inmobiliario, algunos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo hicieron a un precio inferior al que adquirieron.

Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En el caso de una donación o en la situación de una herencia, es la persona que recibe el bien quien va a deber liquidar el impuesto ante el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el inmueble.

2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya pagado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida patrimonial y en las transacciones realizadas en los últimos cuatro años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en oposición a la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas con lo que podemos decir que ingresar la plusvalía municipal es inconstitucional cuando has vendido tu propiedad con pérdidas.

Asimismo se puede reclamar en transmisiones con ganancias, en tanto que actualmente no existe regla que regule estas situaciones. Tenemos la posibilidad de reclamar la devolución de todo lo pagado o la devolución de una parte alegando que existe un fallo en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Muchas personas todavía no lo ha reclamado y está a tiempo, conque no tengas dudas en reclamar la plusvalía municipal ya que posiblemente recobres ese dinero ingresado inadecuadamente.

4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Los pasos serían en primer lugar interponer escrito de reclamación y después la administración puede aceptar la devolución del el pago del impuesto o puede oponerse.
Hasta que no recibamos respuesta y se termine esta vía administrativa no vamos a poder demandar.
Probablemente la administración nos dará una respuesta negativa y desde entonces tendremos un período de dos meses para interponer la demanda. Pasado este plazo , por el momento no vamos a poder demandar.

Los plazos en el campo del Derecho Administrativo son muy rigurosos , y además de esto en un caso así no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración Pública, con lo que es muy importante que estemos asesorados por un letrado especialista en Derecho Tributario acostumbrado a interponer esta clase de reclamaciones de impuestos. Cualquier fallo en plazo y forma puede dañar sustancialmente nuestros derechos.

5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

El dinero que puedes recuperar depende de la situación en la que te estés :

  • Si se ha trasmitido sin aumento de valor: podrías recuperar hasta el 100% de lo liquidado.
  • Si se ha trasmitido con aumento de valor: cuando la propiedad que has vendido, heredado o donado ha aumentado su valor durante el periodo de pertenencia, podrías recuperar hasta un 37,5% del impuesto. Esto dependerá del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del municipio en el que esté.

Cada vez más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento solicita el impuesto de plusvalía en una operación que ocasionó pérdidas.

 

 


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