Experiencia y Profesionalidad
Abogado Laboral Toledo
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Despacho de Abogados en Toledo - Derecho Laboral
En Everest Abogados Toledo contamos con un equipo de Abogados expertos en Derecho Laboral con más de 25 años de experiencia garantizando la mejor defensa para tus intereses. Somos expertos en despidos y los problemas que se pueden derivar de un contrato de trabajo:
- Despido estando de baja.
- Despido improcedente.
- Despido procedente.
- Despido disciplinario.
- Reclamación de deuda.
- Denegación de vacaciones.
- Discriminación de un empleado por sus compañeros o por su empleador.
- Seguros de vida y accidentes de trabajo.
- Solicitud de excedencias.
- Mobbing (acoso laboral).
Con más de 48 abogados especializados en las diferentes ramas del Derecho, estamos consolidados como uno de los Despachos más prestigiosos del sector. Nuestros abogados expertos en Derecho Laboral atienden tanto a particulares como a empresas. Además del despacho de Toledo, ponemos a tu disposición 18 despachos de abogados laborales en la Comunidad de Madrid en: Colmenar Viejo, Collado Villalba, Coslada, Tres Cantos, San Sebastián de los Reyes, Alcalá de Henares, Alcobendas, Móstoles, Torrejón, Pozuelo, Aranjuez, Majadahonda, Fuenlabrada, Alcorcón, Leganés y Getafe.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. El Abogado experto en Derecho Laboral2. ¿Cuándo se produce un despido?3. Tipos de despidos |
1. El Abogado experto en Derecho Laboral
El Derecho Laboral Regula la relación laboral entre empleado y empresa. Acudir a la consulta de un Abogado Laboralista es fundamental ante cualquier eventualidad con la empresa. Puede salvarte muchas veces de cometer errores que son insubsanables, por ejemplo, con los plazos, con lo que pides, lo que no pides…
Teniendo en cuenta que además el despido muchas veces es un trámite desagradable, el abogado laboral cumple una función de acompañamiento al cliente, porque en estos casos el cliente no deja de ser un mero número antes los miles de casos del juzgado de lo social y el abogado comparte el drama personal del cliente y hace que la brecha entre lo humano y lo impersonal del juzgado se minimice.
Por otro lado, en Derecho Laboral se emplean plazos de caducidad muy cortos. Por ejemplo, el plazo que hay para impugnar un despido es de 20 días hábiles improrrogables. Dentro de estos, hay que iniciar la reclamación ante los servicios de intermediación y arbitraje y si en ese acto de conciliación previo, las partes no llegan a un acuerdo, entonces se debe iniciar una demanda ante el juzgado de lo social que corresponda.
2. ¿Cuándo se produce un despido?
- Cuando de común acuerdo se decide dar de baja un contrato.
- Cuando el trabajador solicita la baja voluntaria.
- Cuando el empresario unilateralmente decide finalizar el contrato.
Se hace generalmente mediante comunicación escrita, lo más habitual es con una carta con la fecha del despido. Pero hay en ocasiones que nos podemos encontrar ante un despido tácito de la empresa (por ejemplo, cuando te lo dicen verbalmente o al ir a tu trabajo te encuentras con las puertas cerradas o no te dejan pasar). Es importante saber que en estos casos también se está produciendo un despido.
3. Tipos de Despidos
- Despido Disciplinario: motivado por causas de incumplimiento grave del trabajador como por ejemplo llegar tarde de forma reiterada o sustraer dinero. No existe indemnización por extinción del contrato ni requiere pre-aviso. Este motivo disciplinario recomendamos que sea siempre revisado por un abogado ya que se podría impugnar y en el caso de que se impugne, la empresa siempre estará obligada a demostrar los hechos que se le imputan y cumplir unos requisitos formales.
- Despido Objetivo: se fundamenta en causas técnicas u objetivas. Aunque se produzca un despido objetivo, es recomendable que el trabajador acuda a un abogado laboral para que revise cómo se ha hecho la comunicación y compruebe que se han cumplido los requisitos formales y que las causas del despido son reales y pueden ser acreditadas.- causas imputables al trabajador: Ineptitud conocida o sobrevenida o falta de adaptación a las modificaciones técnicas y del trabajador.- Causas imputables a la empresa: Causas técnicas, organizativas, económicas o de producción.
En el despido objetivo el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, y requiere un pre-aviso de 15 días.
Dentro de los despidos objetivos tenemos que diferenciar entre despido individual y despido colectivo o expediente de regulación de empleo (ERE).
Una vez se ha producido el despido, en caso de que el trabajador quiera impugnar el despido, éste será calificado por el juez de la siguiente manera:
- Despido procedente, que significa que el despido está realizado de manera correcta.
- Despido improcedente, el despido no está realizado de manera correcta.
- Despido nulo, el despido no está realizado de manera correcta, y además existe la obligación de reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo con las mismas condiciones y abonar los salarios de tramitación.
Por tanto, si deseas ser representado por alguno de nuestros abogados contacta con nosotros, SIN COMPROMISO.
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