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¿Cómo buscar abogados especialistas en divorcio?

¿Diferencia entre divorcio y separación?

¿Cómo divorciarse, qué pasos dar y tipos de divorcios?

 

En Everest Abogados Torrejón de Ardoz contamos con abogados especialistas en divorcio y separaciones con más de 28 años de experiencia en redactar convenios reguladores, negociar y tramitar la custodia, pensión de alimentos, uso de vivienda, cargas del matrimonio…

También ponemos a tu disposición otros Abogados de Divorcio repartidos en 18 Despachos situados en Madrid centro y alrededores: Colmenar Viejo, Collado Villalba, Coslada, Tres Cantos, San Sebastián de los Reyes, Alcalá de Henares, Alcobendas, Móstoles, Pozuelo, Aranjuez, Majadahonda, Fuenlabrada, Alcorcón, Leganés y Getafe.

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. Buscar información
2. Diferencias entre divorcio y separación
3. Divorcio de mutuo acuerdo
4. Divorcio contencioso
5. Divorcios cuando hay hijos. ¿Qué debemos tener en cuenta?


1. Buscar información

Enfrentarse a un divorcio supone una dura prueba para cualquier persona, por eso antes de iniciar los trámites conviene hacer dos cosas: informarse de los puntos principales del proceso, y dedicar un tiempo a buscar el profesional adecuado. En este caso estaríamos hablando de un abogado especializado en divorcios.

Podemos hablar de separación o divorcio, para ello hay que saber la diferencia. Pero tratándose de divorcios, hay que tener en cuenta que puede ser de mutuo acuerdo o contencioso. La intervención del abogado matrimonial es esencial en ambos casos, mutuo acuerdo o contencioso, con la particularidad de que en caso de que sea de mutuo acuerdo, puede ser suficiente con un abogado para ambos.

Nuestro abogado de familia en Torrejón es especialista en casos de divorcio y separaciones. Con un extenso conocimiento sobre las disposiciones jurídicas acerca de divorcios, separaciones y nulidad matrimonial, te dará las indicaciones más favorables para afrontar tus problemas y aclarar las dudas que puedan surgir en el transcurso del proceso.

2. Diferencias entre divorcio y separación

Antes de nada, es importante que conozcas la diferencia entre separación y divorcio:

– La Separación implica el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges y por lo tanto tendrá consecuencias tanto patrimoniales como personales. Para que la separación tenga efectos legales se requiere su declaración mediante sentencia judicial.

– El Divorcio es la situación jurídica que a instancia de los cónyuges mediante sentencia judicial permite la disolución del matrimonio. A diferencia de la separación, el divorcio supone la posibilidad de que los que eran cónyuges vuelvan a contraer matrimonio tanto con otras personas como entre sí.

La separación no pone fin al matrimonio, no disuelve el vínculo matrimonial mientras que el divorcio sí, se obtiene mediante sentencia judicial y produce efectos frente a terceros desde la sentencia.

El divorcio produce la disolución del régimen económico matrimonial. La separación produce el efecto de la separación de bienes desde la sentencia.

Tanto el divorcio como la separación legal impiden que el otro cónyuge herede abintestato (si no hay testamento) y que tenga derecho a la legítima.

Tanto la sentencia de separación como la de divorcio recoge el convenio con las medidas respecto al cuidado de los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento, la disolución del régimen económico del matrimonio, uso de la vivienda, etcétera.

3. Divorcio de mutuo acuerdo

El divorcio de mutuo acuerdo, también conocido como divorcio express, es mucho más rápido, sencillo y económico puesto que permite que ambos cónyuges actúen representados por el mismo procurador y sean también defendidos por el mismo abogado. A pesar de ellos, si así lo desean, cada uno puede ir acompañado con su propio abogado para negociar las cláusulas del convenio regulador.

Este tipo de divorcio no exige la celebración de ningún juicio y con la presentación de la demanda dirigida al Juzgado de Familia (que normalmente será del lugar del último domicilio familiar) y del convenio y su posterior ratificación en el juzgado por ambos cónyuges es suficiente.

4. Divorcio contencioso

En el divorcio contencioso la demanda debe ser presentada por cada uno de los cónyuges y en ella será necesario indicar las medidas que deban adoptarse respecto de la guarda y custodia de los hijos en régimen de visitas, las pensiones alimenticia y compensatoria, y el uso de la vivienda familiar a fin de que sean establecidas por el juez en la sentencia que decrete.

El divorcio contencioso es un procedimiento más largo, complicado y costoso puesto que exige la realización de trámites y una celebración de vista judicial, además no es posible acudir con un solo abogado y un solo procurador, sino que cada uno de los cónyuges debe acudir con los suyos.

Es muy común en los divorcios contenciosos la solicitud de medidas provisionales para regular los aspectos más urgentes como son las relativas a los hijos: custodia las visitas las pensiones de alimentos y el uso del domicilio familiar mientras dura el procedimiento y hasta la sentencia.

5. Divorcios cuando hay hijos. ¿Qué debemos tener en cuenta?

5.1. ¿Qué es la patria potestad de los hijos menores?
Se trata de las obligaciones y derechos en relación con los hijos. La patria potestad confiere a los padres la representación legal del hijo y encierra un doble contenido: personal y patrimonial.

5.2. La patria potestad la ejercen conjuntamente ambos progenitores, aunque solo uno de ellos puede actuar si lo hace con el consentimiento expreso o tácito del otro. Para los supuestos de desacuerdo cualquiera de los progenitores puede acudir al juez, que después de haber oído a ambos y al hijo (cuando tuviera suficiente juicio y en todo caso cuando sea mayor de 12 años), atribuye la facultad de decidir al padre o a la madre.

5.3. ¿Qué se entiende por pensión alimenticia?
Se trata de aquella cuantía que cubre todos los gastos necesarios para el sustento, habitación, asistencia médica, educación e instrucción de los hijos, incluso los gastos de ocio, adecuados al nivel económico de la familia.

Los gastos que engloba la pensión de alimentos a diferencia de los gastos extraordinarios deben ser conocidos, previsibles y siempre suelen ser periódicos, por lo tanto, su cuantía se puede calcular con antelación.

En caso de custodia compartida, ¿cómo se establece la pensión de alimentos?
Hay que tener en cuenta las necesidades de los hijos y la capacidad económica de cada uno de los progenitores. Si la capacidad económica es parecida lo normal es que no se dicte pensión sino que cada uno de los progenitores asuma los gastos de los hijos cuando estén con él y pagan a medias los gastos como matrícula de colegio, uniforme, ropa; pero puede darse el caso de que el nivel económico de uno de los dos progenitores sea mucho más elevado, en cuyo caso se puede fijar una pensión que éste deba abonar al otro para que los hijos mantengan el mismo nivel de vida cuando no estén con él.

5.4. ¿Qué es la guarda y custodia de los hijos menores?
La guarda y custodia es aquel sistema familiar de cuidado y convivencia con los hijos posterior a la ruptura matrimonial o de pareja hay que destacar que puede ser exclusiva para uno solo de los progenitores o compartida entre ambos.

Es importante tener presente que tanto la patria potestad como la guarda y custodia se extinguen con la mayoría de edad de los hijos.

Tanto si necesitas un abogado para un divorcio express como para un divorcio contencioso, nuestros abogados especialistas en divorcio de Torrejón de Ardoz podrán asesorarte y aclararte las dudas que necesites.


Por tanto, si deseas ser representado por alguno de nuestros abogados en Madrid contacta con nosotros, SIN COMPROMISO.

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    Torrejón de Ardoz

    Corredor del Henares

    Torrejón de Ardoz  es un municipio del este de la Comunidad de Madrid, en el denominado ‘Corredor del Henares’. Limita al Norte con Ajalvir y Daganzo, al noroeste con Paracuellos del Jarama, al Oeste y al Sur con San Fernando de Henares y al Este con Alcalá de Henares.

    Tiene una situación privilegiada por su cercanía al aeropuerto internacional  Adolfo Suárez Madrid-Barajas y al Recinto ferial Juan Carlos I.

    Torrejón es una ciudad de tamaño medio. En 2019, el número de personas que vivían en el municipio alcanzó la cifra de 131.376 personas.

    Historia de Torrejón de Ardoz

    Durante toda la Edad Media, Torrejón formó parte del señorío eclesiástico perteneciente al Arzobispado de Toledo. La villa más importante era Alcalá, y Torrejón sólo era una de las “tierras” de Alcalá, dependiendo de ésta a nivel administrativo y jurídico. No será hasta mediados del siglo XVI, cuando los habitantes de Torrejón (214 vecinos) vean la necesidad de independizarse de Alcalá.

    La población de Torrejón de Ardoz ha sido eminentemente agrícola y ganadera, careciendo de industria y de comercio de interés hasta bien entrado el siglo XX. 

    En los años 40 empiezan a realizarse obras importantes en el municipio, como la instalación de la Base de Automovilismo y el campo experimental del Instituto Nacional de Técnica Aeronáutica; en la década de los 50 comienza a funcionar la Base Aérea Norteamericana. Empieza a imperar ya una clase trabajadora. De 1970 data la construcción de los polígonos industriales y donde antes había huertas ahora se levantan bloques de viviendas. La década de los 60 afirmó el proceso de industrialización; muchas empresas decidieron instalar sus industrias en Torrejón por la cercanía del municipio a Madrid, disponer de suficiente mano de obra barata y apoyarse en un buen sistema de comunicaciones. En 1970 se alcanzó la cifra de 21.174 habitantes, quedándose pequeño y con la necesidad de desarrollar una infraestructura básica, sobre todo en la construcción y en los servicios, que satisficiera las necesidades de los nuevos moradores. En la década de los 70 el proceso se disparó, alcanzándose niveles de crecimiento muy superiores a la media nacional. 

    El Partido Judicial de Torrejón de Ardoz es el Nº 2 de Madrid

    Comprende 11 municipios: Torrejón de Ardoz (capital de partido y sede de los juzgados), Ajalvir, Algete, Cobeña, Daganzo de Arriba, Fresno de Torote, Fuente el Saz de Jarama, Paracuellos de Jarama, Ribatejada, Valdeolmos-Alalpardo y Valdetorres de Jarama.

    En total son 11 municipios a los que da servicio con una población de 207.332 habitantes y cuenta con 8 juzgados de primera instancia.

     

    Direcciones Útiles

    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1

    C/ Del Río, 16, 28850 Torrejón de Ardoz. Tel: 91 276 03 59

    → JUZGADO DECANO Y JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 y Nº 4

    Avda. de las Fronteras, s/n. 28850, Torrejón de Ardoz. Tel: 91 675 10 64

    → JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5

    Plaza de la Paloma, 1, 28801, Alcalá de Henares. . Tel: 91 839 96 40

    → JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 6 PENAL

    Calle Telémaco, 0, 28850 Torrejón de Ardoz. Tel: 916 78 17 47

    COMISARÍA DE POLICÍA NACIONAL  

    Calle Hilados, 15, 28850, Torrejón de Ardoz. Tel:: 916 78 17 80

    → AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ:

    Calle Joaquín Blume S/N, Torrejón de Ardoz , 28850. Tel: 916563111

    Puedes encontrar más información de interés aquí:

    Buscador de centros de justicia

    Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz