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Abogado Desahucios Granada
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Abogado para Desahucios Exprés en Granada
Cómo funciona el Desahucio Exprés en España
En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados para Desahucios Granada. Con amplia experiencia en este terreno, garantizamos la mejor defensa para tus intereses. Nuestros abogados podrán asesorarte en cualquier tipo de desahucios:
- Desahucio exprés de vivienda o local.
- Desahucios por impago.
- Desahucio en precario o desahucio por finalización de contrato.
- Desahucios por incumplimiento de obligaciones.
Si necesitas un abogado por un desahucio o necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Granada, SIN COMPROMISO.
ÍNDICE DE CONTENIDO: 1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España? |
1. ¿Cómo funciona el Desahucio Exprés en España?
En noviembre del 2009 entró en vigor en España el Desahucio Exprés, una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil. La nueva ley se crea con la finalidad de apoyar el alquiler creando sistemas más rápidos y efectivos en caso de morosidad o impago del alquiler del inmueble.
Sin entrar en profundidad en cuestiones jurídicas, de forma muy resumida, los procesos de desahucios tienen las siguientes fases:
- Demanda: tienen la posibilidad de pedir dos tipos de acciones:
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- Sólo recobrar la vivienda o local arrendado sin reclamar los importes adeudados.
- Recobrar el inmueble arrendado y las cuantías adeudadas por renta o por impago acumulado de otros pagos como suministros, comunidad, IBI.
- Vista en el juzgado: una vez presentada y aceptada la demanda de desahucio, nos citarán para la vista en el juzgado. Pero no siempre se produce. Se pueden dar dos casos:
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- El inquilino no elabora oposición: el Juzgado decreta la terminación del trámite sin necesidad de que se deba celebrar vista en el Juzgado ni dictar sentencia condenatoria.
- El inquilino procede a la oposición en el juzgado: en este caso debe alegar cuales son las razones por las que se opone al desahucio. La más frecuente es la compensación de créditos.
- Fase de lanzamiento del inmueble. Se refiere al desalojo del inmueble. Nuestros abogados aconsejan pedir que se levante acta por la Comisión judicial encargada del lanzamiento para que quede constancia de el situación de la propiedad, por si posteriormente hubiese que reclamar daños en el inmueble.
- Oposición al lanzamiento. En este caso se celebrará el pertinente juicio en la fecha señalada y habrá que aguardar el dictado de la pertinente sentencia.
2.¿Cuáles son los requisitos para poder iniciar los desahucios?
En el momento en que no se puede solventar el inconveniente con el inquilino de una forma amistosa, lo ideal es que contactes con un abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Desahucios y también interponer una demanda. Para pedir el desahucio exprés por impago debes tener en consideración lo siguiente:
- Es obligación contar con letrado y procurador en la tramitación de cualquier juicio de desahucios por impago de alquiler, con independencia de la cantidad que se reclame.
- La finca (vivienda o local comercial) ha de estar a nombre del demandante.
- Debe existir un contrato entre las partes en el que se acuerde la cantidad mensual a percibir por el dueño.
- El inquilino debe haber faltado a su deber de abonar una mensualidad, así sea del propio alquiler o de otras obligaciones económicas: comunidad , abastecimientos, etcétera. Al dejar de pagar solo una de las mensualidades nos encontramos ahora con un claro incumplimiento contractual por parte del arrendatario y no es necesario acumular determinado número de meses sin pagar para accionar.
3.¿Cuáles son las ventajas del Desahucio Exprés?
Las ventajas que otorga el Desahucio Exprés son:
- El tiempo de espera desde el momento en que el casero hace el requerimiento fehaciente de pago al inquilino (a través de burofax) hasta la presentación de la demanda baja de un par de meses frente uno.
- El casero puede incluir en su demanda de desahucio por impago o fin de contrato su deber a perdonar toda o parte de la deuda y costas a cambio del desalojo voluntario. El período mínimo que se puede ofrecer para que abandone la vivienda desde la notificación de la demanda es de 15 días, antes era un mes.
- Se facilita la notificación de la demanda. Si no es posible dar al inquilino la demanda de desahucio por impago o expiración de contrato o reclamación de rentas o cantidades debidas, se procederá, sin más trámites, a comunicar la citación en el juzgado.
- La reclamación de rentas o cantidades debidas sigue los trámites del juicio verbal sin tener que unirla a la solicitud de desahucio.
- La sentencia de desahucio por impago o expiración de contrato fijará la fecha del lanzamiento y será suficiente para desalojar en el día y hora señalados en la sentencia o en la fecha fijada en la citación al demandado. Antes había que poner una demanda ejecutiva para hacerlo efectivo.
- Cuando la orden de desahucio ya ha sido emitida se puede paralizar el desalojo si se abonan las cantidades impagadas en el plazo de 10 días.
- Antes el casero solo podía reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitaba para uso propio, ahora también lo podrá pedir para sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial. Debe hacerse constar en el contrato.
Si necesitas un abogado por un desahucio o por otros problemas y necesitas asesoramiento jurídico, contacta con cualquiera de nuestros abogados en Granada, SIN COMPROMISO.
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