Sanciones en Estado de Alerta
¿Cómo recurrir las multas por saltarse El Confinamiento?
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¿Te han sancionado por violar el estado de Alerta?
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Antes de nada, ¡No te preocupes! te vamos a explicar como recurrir las multas por saltarse el confinamiento o el estado de alarma, ya que en el 90% de los casos estas denuncias no deberían prosperar.
El 14 de marzo ha entrado en vigor el estado de Alarma el Ministerio del Interior ha elaborado una guía con criterios para que los agentes puedan tramitar los expedientes sancionadores en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.
Se han puesto más de 750.000 propuestas de sanción contra infractores del estado de alarma por los miembros de la policía y servicios de seguridad del estado.
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⭐ ¿Cuáles son los criterios de actuación de los agentes en estado de alerta?
⭐ Criterios:
Los criterios de graduación de las propuestas de sanción han sido elaborados por el ministerio del interior con una casuística común, pero podrá ser enriquecida a través de las prácticas que los propios agentes e instructores de los expedientes puedan transmitir. De hecho, se especifica, que en los boletines de denuncia que elaboran los agentes se refleje con la mayor precisión posible los hechos objeto de denuncia y las circunstancias concurrentes en cada caso, a fin de que las mismas sean tenidas en cuenta por el instructor del expediente sancionador, así como la actitud del denunciado hacia los policías:
Si la aceptación resignada, se considera que no es necesario hacerla constar.
Sí se hará constar, si el infractor ha reaccionado con menosprecio, jactancia o mala educación y/o haya proferido insultos, amenazas hacia los agentes por si se deduce intimidación o amenazas.
Se debe recoger el nivel de riesgo producido para la seguridad ciudadana o la salud pública, así como la presencia de menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
También deben señalar si el infractor es reincidente o dificulta su identificación.
Si se produce mientras se circula, hay que indicar el número de ocupantes de los vehículos que incumplan el confinamiento y que se identifique a todos los que sean mayores de edad.
⭐ Reducción:
Se contempla una reducción de las sanciones para aquellos que acepten el pago voluntario de la misma:
Se especifica que aquellos que lo hagan dentro de los 15 días posteriores a la notificación de la infracción tendrán una rebaja de la misma del 50%.
Si el pago se hace después, pero antes de la finalización del procedimiento administrativo, el descuento será del 20%. Eso sí, en cualquier caso, renunciarán a formular alegaciones e iniciar cualquier acción o recurso en vía administrativa contra dicha sanción para poder beneficiarse de la reducción
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⭐ ¿Cuáles son las sanciones por saltarse el confinamiento?
– Desplazamiento no autorizado (sin circunstancias concurrentes): 601 € Mínima contemplada en la ley mordaza
Aumentará además si la actitud es inapropiada por el infractor:
– Menosprecio 2.000 €
– Intimidación, cuando no constituya infracción penal 3.000 €
– Violencia o amenaza, cuando no constituya infracción penal 10.400 €
En el caso de que el infractor del confinamiento sea reincidente:
– Persistencia referida a restricciones a la libre circulación: 1.200 €
– Persistencia referida a la realización de actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales: 2.000 €
– Presencia de menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en el vehículo sin causa justificada: 1.500 €
– Desplazamiento no autorizado, junto a otras personas: 1.500 €
– No identificación inicial debido a dificultades propiciadas por la persona infractora: 700 €
– Actuación deliberada del infractor para evitar o dificultar su identificación: 1.500 €
– Organización o participación en actividades en, festejos, celebraciones, etc.: 10.400 €
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