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Reclamar la Plusvalía Municipal Madrid

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¿Cómo reclamar el impuesto de Plusvalía Municipal?

En Everest Abogados ponemos a tu disposición a los mejores Abogados Tributarios, especializados en reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Con más de 25 años de experiencia en este ámbito del Derecho, garantizamos la mejor defensa para tus intereses.  Contamos con 18 despachos repartidos en Madrid centro y alrededores.

 

 


ÍNDICE DE CONTENIDO:

1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?
5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?


1. ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si existe o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía ha generado mucha polémica porque con los grandes cambios que se han producido en el sector inmobiliario, muchos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo han hecho a un precio inferior al que compraron.

Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En el caso de una donación o en el caso de una herencia, es la persona que recibe el bien quien deberá liquidar el impuesto ante el ayuntamiento en el que se encuentre el inmueble.

2. ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

3. ¿Puedo reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona físicas o jurídica que haya pagado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida patrimonial y en las transacciones realizadas en los últimos cuatro años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en contra de la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas por lo que podemos decir que pagar la plusvalía municipal es inconstitucional si has vendido tu propiedad con pérdidas.

También se puede reclamar en transmisiones con ganancias, ya que actualmente no existe norma que regule estas circunstancias. Podemos reclamar la devolución de todo lo pagado o bien la devolución de una parte argumentando que existe un error en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Mucha gente todavía no lo ha reclamado y está a tiempo, así que no dudes en reclamar la plusvalía municipal porque es posible que recuperes ese dinero pagado indebidamente.

4. ¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación y después la administración puede aceptar devolver el pago del impuesto o puede negarse.
Hasta que no recibamos respuesta y se termine esta vía administrativa no podremos demandar.
Probablemente la administración nos dará una respuesta negativa y desde entonces tendremos un plazo de dos meses para interponer la demanda. Pasado este plazo, ya no podremos demandar.

Los plazos en el ámbito del Derecho Administrativos son muy estrictos, y además en este caso no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración del Estado, por lo que es muy importante que estemos asistidos por un abogado experto en Derecho Tributario acostumbrado a interponer este tipo de reclamaciones de impuestos. Cualquier error en plazo y forma puede perjudicar gravemente nuestros derechos.

5. ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

El dinero que puedes recuperar depende de la situación en la que te encuentres:

  • Si se ha transmitido sin incremento de valor: podrías recuperar hasta el 100% de lo pagado.
  • Si se ha transmitido con incremento de valor: cuando la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor durante el período de pertenencia, podrías recuperar hasta un 37,5% del impuesto. Esto dependerá del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del municipio en el que se encuentre.

Cada vez más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento exige el impuesto de plusvalía en una operación que ha generado pérdidas.

Por lo tanto si deseas reclamar el impuesto de plusvalía en Madrid, contacta con uno de nuestros Abogados.Valorarán tu caso y te ayudará a recuperar los ingresos indebidos por las plusvalías municipales pagadas.

 


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Así pues, contarás con un equipo de Abogados en Plusvalía en Madrid compuestos por profesionales especializados en cada área jurídica, lo que hace que sean verdaderos expertos, comprometidos y dedicados, a tu servicio.

En Everest Abogado Plusvalía en Madrid prestamos nuestros servicios de una manera cercana. Siempre accesibles a las necesidades de nuestros clientes.

Nuestros Abogados en Plusvalía en Madrid te acompañaran durante todo el procedimiento, te informarán de las novedades y pasos que se van dando, así como de las siguientes actuaciones, para mantenerte informado a en cada momento.

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ESPECIALIDADES

En Everest Abogado Plusvalía Madrid contamos con departamentos y abogados especializados, un conjunto de profesionales con gran experiencia en el ejercicio de la abogacía.

DERECHO CIVIL

Herencias, divorcios y separaciones, reclamación de clausula suelo y gastos hipotecarios, monitorios, recobros, revisión y confección de contratos.

DERECHO MERCANTIL

Concurso de acreedores, constitución y liquidación de sociedades, revisión y confección de contratos mercantiles.

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Asistencia a detenidos y rechazos en aeropuerto, tráfico de drogas, lesiones y agresiones, delitos de violencia de género, estafas.

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Permiso de trabajo y residencia, renovación de permiso, reagrupación familiar, arraigo, permisos comunitarios, expulsiones, nacionalidad.

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Despidos e indemnizaciones, pensiones y jubilaciones, accidentes de trabajo, acoso laboral o mobbing, incapacidad permanente.

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Reclamación de plusvalía municipal, recursos contenciosos contra la administración.

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    Organización y Estructura de los Partidos Judiciales de Madrid

    Territorialmente Madrid se organiza en municipios, partidos judiciales, provincias y Comunidades Autónomas

     

    ORGANIZACIÓN:

    Los municipios de la Comunidad de Madrid se agrupan en 21 partidos judiciales.
    En cada partido habrá uno o más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con sede en la capital de aquel y jurisdicción en todo su ámbito territorial.

    En el municipio cabecera de partido se encuentran ubicados los órganos judiciales.

    Extienden su jurisdicción a otros partidos judiciales:

    ► Los Juzgados de lo Mercantil, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria y de lo Contencioso Administrativo, del partido judicial de Madrid, a todo el ámbito de la Comunidad Autónoma.

    ► Los Juzgados de lo Penal y de lo Social de Alcalá de Henares, a los partidos judiciales de Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, Coslada y Arganda del Rey.

    ►Los Juzgados de lo Penal de Móstoles, a los partidos judiciales de Navalcarnero, Móstoles, Alcorcón y Fuenlabrada.

    ►Los Juzgados de lo Penal de Getafe, a los partidos judiciales de Aranjuez, Leganés, Getafe, Parla y Valdemoro.

     


     

    ESTRUCTURA:

    Por otro lado, la organización judicial se estructura en torno a cuatro órdenes jurisdiccionales: civil, penal, contencioso-administrativo y social.

     

    1. CIVIL: Resuelve las reclamaciones entre particulares y todas las cuestiones que no estén atribuidas a otro orden jurisdiccional.

    En el ámbito de la Comunidad de Madrid, conocen del orden civil:

    → Los Juzgados de 1ª Instancia

    → Los Juzgados de lo Mercantil

    → Las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial

    → La Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia

     

    1. PENAL: Investiga y sanciona delitos y faltas definidos en el Código Penal.

    En el ámbito de la Comunidad de Madrid, conocen del orden penal:

    → Los Juzgados de Instrucción

    → Los Juzgados de lo Penal

    → Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

    → Los Juzgados de Menores

    → Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

    → Las Secciones Penales de la Audiencia Provincial

    → La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia

     

    1. SOCIAL: Resuelve conflictos entre trabajadores y empresarios y reclamaciones en materia de Seguridad Social.

    En el ámbito de la Comunidad de Madrid, conocen del orden social:

    → Los Juzgados de lo Social

    → La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

     

    1. CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: Resuelve reclamaciones entre particulares y las Administraciones Públicas.

    En el ámbito de la Comunidad de Madrid, conocen del orden contencioso-administrativo:

    → Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo

    → La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

     


    Direcciones Útiles en Madrid

     

    • AUDIENCIA PROVINCIAL: C/ Santiago de Compostela, 96 28071 Madrid Tel: 914933942
    • REGISTRO MERCANTIL: Paseo de la Castellana, 44, 28046 Madrid. Tel: 915760117
    • COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y BIENES MUEBLES DE ESPAÑA: Calle de Diego de León, 21, 28006 Madrid Tel: 912701699
    • JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN: Plaza Castilla, 1, 28046 Madrid Tel: 914932329
    • JUZGADO DE LO SOCIAL: Calle de la Princesa, 3, 28008 Madrid Tel: 914438043
    • JUZGADO DE LO PENAL: Calle de Julian Camarillo, 11, 28037 Madrid Tel: 914931696
    • DECANATO DE LOS JUZGADOS CENTRALES DE INSTRUCCIÓN: C/ García Gutiérrez, s/n 28071 Madrid Tel: 913973285
    • REGISTRO CIVIL: C/Pradillo, 66  28002 Madrid. Tel: 914936630

    Puedes encontrar más información de interés en la página web de la Comunidad de Madrid (enlace a Buscador de centros de justicia )