¿Rechazar una herencia?
Rechazar una Herencia
Existen multitud de motivos para rechazar una herencia. Muchos acaban renunciando bien por no tener liquidez para pagar los impuestos de sucesión, bien por deudas que arrastra el fallecido, y que entran dentro del paquete de la herencia. Aunque también existe quien quiere repartir con otros descendientes que, en algunas CCAA, permiten pasarla a la siguiente línea sucesoria y así no tributarla, como pasa en Andalucía.
La renuncia a una herencia puede ser simplemente rechazarla o también cederla a favor de otra persona. En este último caso, explica Diego Granados, decano del Colegio Notarial del País Vasco, la herencia no desaparece “sino que es una cesión o donación a favor de los beneficiados, y así se liquidará en Hacienda”. También se liquidará aunque haya transcurrido el plazo para que prescriba el impuesto de sucesiones.
Cuando todos los parientes en la línea sucesoria prescinden de la herencia, esta correspondería al Estado que “la recibe a beneficio de inventario”, eso es, el heredero responderá a las deudas de la herencia con los bienes que reciba y no con los suyos previos.
El Estado tiene la obligación de asignar “una parte a instituciones de beneficencia, organizaciones sociales o entidades del municipio del fallecido, otra parte a instituciones de ámbito provincial y otra parte a amortizar la deuda”, apunta Granados. Asimismo, Granados aclara que según la autonomía puede cambiar y así “en el País Vasco, según el artículo 117 de su Ley Civil, sucede la Administración General, que asignará una parte a la Administración, otra a la Diputación foral y otra al municipio de última residencia del fallecido”.
El impuesto de sucesiones, por su parte, está transferido a las comunidades autónomas, por lo que dependiendo de la región el importe a pagar puede variar. Además se aplicará una reducción en función del grado de parentesco: mayor grado, menor tributación.
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¡Muy buen artículo! Interesante y práctico. Gracias