Divorcios con hijos

Medidas Provisionales en divorcios con hijos menores

En este artículo del blog explicamos cuáles son las medidas más habituales que hay que adoptar en los casos de divorcios o separaciones cuando hay hijos menores.

Se aplican en aquellos casos en los que deseemos obtener una sentencia de divorcio, de separación o la nulidad matrimonial pero también se aplica en aquellos casos en los que no hay matrimonio, pero sí hay algún hijo en común y deseamos que el juez adopte una serie de medidas paternofiliales.

Las sentencias que se dictan en este tipo de procedimientos de divorcio, cuando existen hijos menores van a consistir en el establecimiento de una pensión de alimentación y van a decidir sobre la guardia y custodia, si se establece a favor de un progenitor o bien si se establece una custodia compartida. Asimismo, va a decidir sobre el importe de la pensión que tendrá que abonar el progenitor que no tenga la custodia a favor del menor.

Pensión de Alimentos

En el caso de custodia compartida por norma general no se establece pensión de alimentos debido a que cada progenitor acostumbra a correr con los gastos del menor en aquellos periodos que conviva con él. La pensión de alimentos engloba todo lo necesario para el sustento: vestido, habitación, asistencia médica y educación del hijo.

La cuantía de la pensión va a variar en función de aspectos como las posibilidades económicas del alimentante y el tipo de necesidades del beneficiario. En España existe un baremo orientador, para determinar las cantidades que deben abonarse por este concepto en los procesos de familia. Este indicador ha sido realizado por el Consejo General del Poder Judicial y se puede consultar la calculadora de pensiones alimenticias a través de su página web.

Régimen de visitas

En las sentencias de divorcio también se establece un régimen de visitas a favor del progenitor que no tenga la custodia y se decide sobre el uso de la vivienda familiar.

Estas sentencias en los casos que haya hijos mayores de edad también se van a pronunciar sobre si procede o no el establecimiento de una pensión de alimentos en función de su situación. Debes saber que cuando los hijos son mayores de 18 años y se encuentran estudiando o carecen de medios propios para su subsistencia, los progenitores siguen teniendo deber legal de abonar la pensión alimenticia y también decidirán sobre el empleo de la vivienda familiar en favor de estos hijos mayores de edad y en su caso en favor del progenitor con el que conviva. En cambio, no se señala nada sobre régimen de visitas y guarda y custodia debido a que son mayores de edad.

Pensión Compensatoria

Por último, indicar que en los casos de un cese matrimonial la sentencia también se va a pronunciar sobre el establecimiento o no de una pensión compensatoria.

Esta pensión compensatoria no se debe confundir con la pensión de alimentos. La pensión de alimentos es en favor de los hijos mientras que la pensión compensatoria en su caso va a ser a favor del cónyuge y se concede solamente en los casos de matrimonios por lo tanto no se puede dar pensión compensatoria en caso de parejas de hecho y únicamente se dan cuando la ruptura marital produce un desequilibrio económico a una de las partes.

Nuestros Abogados expertos en divorcio te podrán informar y poner en marcha el proceso así como iniciar los trámites para solicitar una revisión de las medidas establecidas en el convenio regulador.

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